Proyecto

 

   

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Contexto del proyecto:

El Consejo de las Comunidades Europeas aprobó en el año 1992 la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres, conocida también como la Directiva hábitats.

En Europa, los principales precedentes de esta Directiva son la Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (recogida por la Directiva hábitats), el Convenio de Berna y el Proyecto CORINE biotopos.

La Directiva hábitats representa, actualmente, y conjuntamente con la Directiva 79/409/CEE, el instrumento más importante de aplicación en todo el territorio de la Unión Europea (UE) para la conservación de los hábitats, las especies y la biodiversidad.

En la legislación del Estado español, la trasposición de la Directiva hábitats se materializa en el Real decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por la cual se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Posteriormente, el Consejo de las Comunidades Europeas aprobó la Directiva 97/62/CE, de 27 de octubre de 1997, que adapta al progreso científico y técnico la Directiva 92/43/CEE. Básicamente consiste en una mejora, modificación y sustitución de los anexos I y II de la Directiva hábitats. En la legislación española, esta nueva directiva que modifica la Directiva hábitats se ha sido traspuesta mediante el Real decreto 1193/1998, de 7 de diciembre, por el cual se modifica el Real decreto 1997/1995.

El objetivo global de la Directiva hábitats, es "contribuir a garantzair la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres en el territorio europeo de los estados miembro".

Para el cumplimento de este objetivo global, una de las grandes finalidades de la Directiva es la creación de una red ecológica europea coherente de zonas especiales de conservación llamada Natura 2000 para la conservación de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies.

Natura 2000 esta compuesta por dos tipus de espacios:

  • Zones Especiales de Conservación (ZEC)
  • Zones de Especial Protección para a las Aves (ZEPA)

Las ZEC son designadas por los estados miembro de acuerdo con la Directiva hábitats. Previamente a esta designación, pero es necesario que la Comisión, de conformidad con los estados miembros, clasifique com lugares de importancia comunitaria (LIC) a los espacios propuestos.

Las praderas de Posidonia forman los ecosistemas marinos más importantes del Mediterráneo, albergando la máxima diversidad de especies y constituyendo las áreas de puesta y alevinaje para muchas de las especies de peces comercialmente más apreciadas. Además, juegan un papel fundamental en la conservación de los ecosistemas costeros ya que las praderas de Posidonia frenan la erosión de las playas, son la principal fuente de sedimento arenoso en Baleares y contribuyen a mantener la transparencia de las aguas litorales. Son también fundamentales para mantener las pesquerías y proteger los sistemas playa-duna que constituyen uno de los recursos fundamentales de la industria turística Balear.

Es por todo ello que se decidió incluir y clasificar las praderas de Posidonia como lugares de importancia comunitaria.

Propuestas de conservación:
El proyecto de protección de las praderas de Posidonia en LIC de Baleares nació en respuesta a la necesidad de adoptar medidas de conservación de las praderas frente a las principales amenazas que a continuación se describirán. En base a los buenos resultados obtenidos con las medidas reguladoras de fondeos en el Parque Nacional Marítimo Terrestre de Cabrera, Portocolom y Cala d’Or, este proyecto propuso, entre otras acciones, la instalación de unos 1.125 puntos de amarre y la gestión de zonas de fondeo.

Objetivo:
El objetivo del proyecto es garantizar la viabilidad y la riqueza biológica del hábitat en aguas de las Islas Baleares, siendo los objetivos secundarios, proteger una importante representación del hábitat evitando las principales amenazas (sobreexplotación, uso público incontrolado, colonización por parte de especies exóticas, etc.), garantizar la conservación de las especies del anexo II de la Directiva Hábitat y de las especies prioritarias de la Directiva Aves, y adquirir y difundir nuevos conocimientos sobre su hábitat, ecología y su influencia en la dinámica litoral.